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Inscribimos y calificamos a las empresas constructoras que desean participar en licitaciones públicas o privadas para obras, trabajos e instalaciones en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires. Mantenemos un registro actualizado permanente de las empresas inscriptas.

Documentación Requerida

¿Qué documentación necesito para hacer el trámite de inscripción/ actualización de la capacidad técnico-financiera?

Documentación básica

  • Contrato Social y/o Estatuto y copia de la inscripción en el correspondiente organismo de control. Deberá existir correspondencia entre el objeto del contrato social o estatuto y la especialidad o especialidades en la que pretende calificar.

  • Informe de Anotaciones Personales de la jurisdicción en que se encuentre inscripto el Constructor.

  • Planilla de firmas autorizadas ante el Registro debidamente certificadas por Escribano Público, Banco o Policía y copia de los poderes respectivos.

  • El Constructor deberá probar que cuenta con los servicios de uno o más profesionales universitarios con incumbencia en la Sección en la que pretenda calificar, quienes deberán encontrarse legalmente habilitados para el ejercicio de su profesión. A ese efecto, el Constructor deberá presentar la siguiente documentación:

  • 1.- Declaración jurada firmada por el titular y el Representante Técnico que deberá ser descargada del Sistema de Gestión Electrónica.

    2.- Contrato firmado con el profesional y fotocopia del pago de la matrícula.

    En caso de que el profesional designado deje de prestar servicios para el Constructor, éste deberá informar el hecho al Registro en el término de diez (10) días corridos de su cese. Si el Constructor no presentara la documentación del profesional en reemplazo del saliente, se suspenderá su calificación hasta que dé cumplimiento al requisito.


  • Últimos cinco (5) balances anuales, debiendo estar auditados por un Contador Público matriculado, cuya firma deberá estar debidamente legalizada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas respectivo. Si la antigüedad de la constructora fuera menor, deberá presentar todos los balances que correspondieran

  • Actas de asamblea/socios, aprobando memoria y balance del último ejercicio económico presentado, la designación de autoridades y registro de accionistas según corresponda.

  • Planilla de Importes Certificados por Obra: Debe presentarse una por cada año (últimos 5 años), coincidente con el período de balance. Se debe declarar en forma clara y completa, el nombre del comitente, su domicilio y su código postal.

  • Documentación respaldatoria del período declarado. Copia certificada de Certificados de obra o Facturas, cuando corresponda.

  • Copia de los Contratos y Actas de recepción provisoria y/o definitiva de las obras, ya fueran públicas o privadas y constancia de finalización de obra.

  • Planilla de Obras en Ejecución: Se indicarán las obras que el Constructor ejecuta (hasta recepción provisoria total) y las adjudicadas hasta el momento de la presentación de la documentación.

  • Certificado correspondiente al cumplimiento de la Ley N° 10.490, expedido por el Ministerio de Trabajo.

  • Certificado expedido por el Instituto de Estadística y Registro de la Industria de la Construcción (IERIC).

  • Constancia de inscripción en los organismos de recaudación.

  • En caso de tener certificada Norma ISO, adjuntar copia.

  • Documentación adicional para cada categoría

    CATEGORIA "A": Para el caso de las cooperativas constituidas conforme a la Ley N° 23.377, el Constructor deberá acompañar: 
    1. Copia de la inscripción en el INAC/IPAC.

    2. Fondo para Educación y Promoción Cooperativa (Ley N° 23.427).

    3. Para el caso de que se encuentren exentas de impuestos, presentar copia certificada de la resolución que acredite la exención.

    CATEGORIA "B": Para el caso de las empresas unipersonales, el Constructor deberá:
    1. Presentar copia certificada de los Libros rubricados y estados contables auditados con fecha de cierre al 31 de diciembre.

    2. Estar habilitadas por el Registro Público de Comercio. Adjuntar copia del DNI del titular y del apoderado si correspondiera.

    CATEGORIA "C": La constructora extranjera deberá:
    1. Cumplir con los puntos b), c), d), f), g) h) i), j) k), l), m), n) y o) de la documentación básica.

    2. Acreditar la existencia de la sociedad de acuerdo con las leyes del país de origen cuyo objeto social se corresponda con la especialidad o especialidades a las que se pretenda calificar. Si se tratara de una sucursal, adjuntar copia legalizada de la inscripción en los organismos correspondientes.

    3. Presentar poder otorgado por la constructora al representante legal en la República Argentina, denunciando sus datos personales y constituyendo domicilio especial a todos los efectos que pudiera corresponder.

    4. Presentar estados contables auditados de la casa matriz, y de la sucursal si correspondiera, de los últimos cinco (5) ejercicios económicos regulares, legalizados por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas correspondiente.

    5. Acreditar que la sociedad no se encuentra concursada, ni en quiebra, ni en cesación de pago, extendida por autoridad competente.
    6. Los documentos públicos emitidos en el extranjero deben estar debidamente legalizados o apostillados en el país de origen, según corresponda. En caso de estar redactados en idioma extranjero deberán acompañarse con su correspondiente traducción en idioma nacional, realizada por Traductor Público Nacional y legalizada por el Colegio de Traductores Públicos e Intérpretes de la Provincia de Buenos Aires (Ley Nº 12.048, modificada por Ley Nº 14.185).

    7. Los datos monetarios expresados en moneda extranjera serán consignados en la moneda de curso legal vigente en el país, utilizando a tal efecto el tipo de cambio vendedor del Banco Nación a la fecha de cierre del balance.

    CATEGORÍA "D": Para ser inscripta provisoriamente, el Constructor extranjero deberá presentar toda la documentación particular establecida en los puntos 2) a 7) para la Categoría "C".

    Documentación requerida para el trámite de actualización de la Capacidad Técnico Financiera anual

    Para actualizar la clasificación, el Constructor deberá actualizar los datos en el Sistema de Gestión Electrónica con una antelación no menor a 60 días previos al vencimiento de su capacidad técnico-financiera y presentar en la Mesa de Entradas del Registro la documentación de respaldo que se detalla a continuación:

    a) Informe de Anotaciones Personales de la jurisdicción en que se encuentre inscripto el Constructor.

    b) El Constructor deberá probar que sigue contando con los servicios de uno o más profesionales universitarios, con incumbencia en la Sección en la cual pretenda calificar, quienes deberán encontrarse legalmente habilitados para el ejercicio de su profesión”.

    c) Último balance anual debidamente auditado por un Contador Público matriculado, cuya firma deberá estar debidamente legalizada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas respectivo.

    d) Acta de asamblea/socios, aprobando memoria y balance del último ejercicio económico presentado y la designación de autoridades.

    e) Planilla de Importes Certificados por Obra correspondiente con el último ejercicio económico.

    f) Documentación respaldatoria del período declarado. Copia certificada de Certificados de obra o Facturas, cuando corresponda.

    g) Copia de los Contratos y Actas de recepción provisoria y/o definitiva de las obras, ya fueran públicas o privadas y constancia de finalización de obra.

    h) Planilla de Obras en Ejecución: Se indicarán las obras que el Constructor ejecuta (hasta recepción provisoria total) y las adjudicadas hasta el momento de la presentación de la documentación.

    i) Certificado correspondiente al cumplimiento de la Ley N° 10.490, expedido por el Ministerio de Trabajo

    j) Certificado expedido por el Instituto de Estadística y Registro de la Industria de la Construcción (IERIC).

    k) Actualización de la información con relación a la certificación de Normas ISO.