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Asistimos a la Subsecretaría de Energía en materia energética. Planificamos y ejecutamos obras que hacen al desarrollo de los servicios públicos de transporte y distribución de energía. Promovemos el uso eficiente de la energía.

Zona Fría

¿Qué es el Régimen de Zona Fría?

Es un beneficio para que las personas que no tengan acceso a red domiciliaria de gas natural o de gas licuado de petróleo (GLP) puedan realizar la compra de gas envasado en garrafas de 10, 12 o 15 kilogramos de capacidad a un precio diferencial a distribuidores que se encuentren inscriptos en el Registro Provincial de Operadores del Programa (RPO).


¿En qué consiste el beneficio?

El beneficiario podrá adquirir una garrafa de 10, 12 o 15 kilogramos de capacidad a un PRECIO DIFERENCIAL.

Este valor resulta del precio máximo de referencia determinado por la Secretaría de Energía de la Nación para la venta al público para cada tipo de garrafa con menos una compensación/descuento por kilogramo, que será proporcional con el valor del subsidio establecido para garrafas de 10kg en el Programa Hogar. Clic aquí para acceder al sitio.

Asimismo, el beneficiario tendrá un cupo mensual de Kg. a compensar según la zona a la que pertenezca y al mes del año que corresponda, conforme se detalla a continuación:


INVIERNO
(May-Sep)
kg/mes
VERANO
(Oct-Abr)
kg/mes
Zona I * 50 25
Zona II * 90 45

¿Quiénes pueden acceder a este beneficio?

Podrán acceder al beneficio las personas usuarias que:

A. Tengan domicilio en alguno de los Partidos de la Provincia de Buenos Aires beneficiarias del Régimen de Zona Fría:

* Zona I: 25 de Mayo, 9 de Julio, Alberti, Arrecifes, Azul, Baradero, Bolívar, Bragado, Cañuelas, Capitán Sarmiento, Carlos Casares, Carlos Tejedor, Carmen de Areco, Chacabuco, Chivilcoy, Colón, Daireaux, Florentino Ameghino, General Alvear, General Arenales, General Belgrano, General Las Heras, General Paz, General Pinto, General Rodríguez, General Viamonte, General Villegas, Hipólito Yrigoyen, Junín, Las Flores, Leandro N. Alem, Lincoln, Lobos, Marcos Paz, Mercedes, Monte, Navarro, Olavarría, Pehuajó, Pellegrini, Pergamino, Pila, Ramallo, Rauch, Rivadavia, Rojas, Roque Pérez, Saladillo, Salto, San Andrés de Giles, San Antonio de Areco, San Nicolás, San Pedro, Suipacha, Tapalqué, Trenque Lauquen, Tres Lomas.

** Zona II: Adolfo Alsina, Adolfo González Chaves, Ayacucho, Bahía Blanca, Balcarce, Benito Juárez, Castelli, Coronel de Marina Leonardo Rosales, Coronel Dorrego, Coronel Pringles, Coronel Suárez, Dolores, General Alvarado, General Guido, General Juan Madariaga, General Lamadrid, General Lavalle, General Pueyrredón, Guaminí, La Costa, Laprida, Lobería, Maipú, Mar Chiquita, Monte Hermoso, Necochea, Patagones, Pinamar, Puán, Saavedra, Salliqueló, San Cayetano, Tandil, Tordillo, Tornquist, Tres Arroyos, Villa Gesell, Villarino,

B. Sean mayores de edad.

C. No cuenten con acceso a redes de gas domiciliarias de Gas Natural (GN) o de Gas Licuado de Petróleo (GLP).

D. No sean beneficiarias del Programa Hogar ni cuenten con miembros de dicho hogar, que lo sean.

E. No destinen el consumo de gas envasado en garrafa al desarrollo de actividades comerciales.

F. Estén dados de alta en el Registro Provincial de Usuarios Residenciales de gas Licuado de Petróleo de la Provincia de Buenos Aires, y no existiere otro usuario dado de ALTA en el mismo domicilio.



¿Cómo acceder al beneficio?

Para constituirse como beneficiario del Régimen de Zona Fría, el usuario deberá tramitar su alta al REGISTRO PROVINCIAL DE USUARIOS desde la página web de la Dirección Provincial de Energía completando el formulario y adjuntando la documentación solicitada a efectos de acreditar el cumplimiento de los requisitos establecidos.

Al querer ingresar a la página web para inscribirse al RPU puede ser que surjan diferentes errores, no obstante, sólo hay que seguir intentando a través de los diferentes canales disponibles hasta poder acceder.

Asimismo, al momento de registrarte deberás tener en cuenta los PUNTOS DE VENTA, haz clic aquí, para acceder a los operadores que se encuentran adheridos.











Vigencia del beneficio

La vigencia del beneficio es de 12 meses. Cumplido el año desde la fecha de haberse dado el Alta, el usuario incluido en el RPU deberá reempadronarse, reiterando el procedimiento efectuado y suministrando información actualizada.


Costo del trámite

El beneficio es gratuito. El Régimen de Zona Fría es un Programa del Estado Nacional que garantiza el derecho y acceso a las garrafas a través de un subsidio directo mensual.


Normativa

Haga clic aquí para acceder a la documentación


¿Donde obtengo más información?

Para recibir información y/o realizar consultas o reclamos podes escribirnos a:

+ USUARIOS: usuarioszonafria@minfra.gba.gob.ar

+ OPERADORES: operadoreszonafria@minfra.gba.gob.ar

También podes llamarnos al 148 en el horario de 8 a 20 hs.